Causas del despido improcedente

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Causas del despido improcedente

Las causas del despido improcedente no se encuentran reguladas en ninguna norma legal. Únicamente, el Estatuto de los Trabajadores indica de forma amplia y genérica en qué situaciones será calificado el despido como improcedente.

Es nuestro Tribunal Supremo, el que poco a poco ha ido delimitando las causas del despido improcedente. En las siguientes líneas, te explicamos cada una de las causas del despido improcedente.

¿Qué es el despido improcedente?

El despido improcedente es la calificación que se hace sobre cualquier tipo de despido. Por ello, el despido improcedente no es un tipo de despido.

En nuestra legislación laboral sólo existen dos tipos de despido: el despido objetivo y el despido disciplinario.

Por ello, tanto un despido disciplinario como un despido objetivo, podrán ser calificados por el juez como despido improcedente.

Una vez que se le ha notificado la carta de despido o cese al trabajador, este debe acudir a un acto de conciliación ante el CMAC/SMAC para intentar alcanzar un acuerdo. En caso de que no sea posible, se deberá interponer demanda judicial y celebrar juicio.

De celebrarse juicio, será el juez quien califique el despido como improcedente o procedente.

¿Por qué se produce el despido improcedente?

Existen dos grandes motivos para que el despido sea considerado o calificado como improcedente.

La primera razón es un error en el motivo del propio despido, es decir, que el motivo del despido sea falso. Ocurre en muchas ocasiones, que se despide de forma disciplinaria al trabajador por “descenso continuado y voluntario del rendimiento”.

Si la empresa no es capaz de probar que la razón utilizada para el despido es cierta, el Juez considerará el despido como improcedente.

La segunda razón: un error en la tramitación del despido. Para llevar a cabo un despido de forma legal, además de la obligación de que se entregue la carta de despido por escrito, se ha de indicar la fecha de efectos del despido. De no producirse, será calificado como improcedente.

Además, en los casos en que la carta de despido sea imprecisa o genérica, podrá ser calificada como improcedente. El motivo es sencillo: si la carta de despido omite datos importantes, creará indefensión jurídica al trabajador, limitando su defensa.

Pero además, en el caso del despido disciplinario, si el incumplimiento llevado a cabo por el trabajador no tiene la suficiente gravedad como para despedirle, será calificado como despido improcedente. Es lo que se denomina jurisprudencialmente como principio de proporcionalidad.

Causas de despido improcedente: cómo comunicar el despido

Si la empresa no lleva a cabo la comunicación del despido improcedente siguiendo el procedimiento regulado legalmente, será calificado como improcedente. Por ello, constituye una de las causas de despido improcedente más habituales.

Notificación por escrito

Cualquier tipo de despido ha de hacerse de forma escrita. Si la empresa notifica el despido de forma verbal, será calificado como despido improcedente.

El artículo 55 del Estatuto de los trabajadores establece que el despido deberá ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos.

En muchos casos, en nuestro Despacho de abogados en Sevilla, recibimos casos de personas trabajadoras a las que se les ha notificado un “modelo» de carta de despido improcedente. Esto es, el modelo genérico de carta de despido que algunas gestorías emiten.

En la mayoría de los casos, el software que utilizan para generar las nóminas de sus clientes, generan de forma automática una carta de despido. Y en la mayoría de los casos carecen de los requisitos mínimos para que sea legal. Por ello, las “cartas tipo” de despido conllevarán la calificación de despido improcedente.

Causas del despido improcedente: prescripción de la falta en despidos disciplinarios

Los despidos disciplinarios son aquellos en los que se despide al trabajador por incumplimientos muy graves. Ya sea de los que indica el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, o de los que indica el convenio colectivo de aplicación.

Pero para poder despedir disciplinariamente, el empresario debe llevarlo a cabo en el plazo de 60 días desde que tuvo conocimiento del hecho sancionable que, precisamente es el plazo legal para imponer una sanción laboral muy grave. Y en todo caso a los 6 meses de haberse cometido.

Si la carta de despido se notifica más allá de los 60 días desde que el empresario tuvo conocimiento del hecho o más allá de los 180 días (6 meses) de haberse cometido, se calificará como despido improcedente. Puedes consultar una sentencia propia de despido improcedente por prescripción de sanción laboral.

Indemnización por despido improcedente

Únicamente es obligatorio pagar al trabajador indemnización de forma simultánea al despido, en los casos de despido objetivo. Es otra de las causas de despido improcedente más importantes.

En este tipo de despido, se ha de abonar al trabajador una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con el límite de 12 mensualidades.

En caso de no abonarse de forma simultánea, el despido será calificado como improcedente.

Sólo existe una excepción: si en el momento de entregar la carta de despido objetivo la empresa no tuviera liquidez suficiente, lo deberá indicar en la propia carta de despido. El artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores lo regula de forma muy clara:

Cuando la decisión extintiva se fundase en el artículo 52.c), con alegación de causa económica, y como consecuencia de tal situación económica no se pudiera poner a disposición del trabajador la indemnización a que se refiere el párrafo anterior, el empresario, haciéndolo constar en la comunicación escrita, podrá dejar de hacerlo, sin perjuicio del derecho del trabajador de exigir de aquel su abono cuando tenga efectividad la decisión extintiva.

Debemos saber que el error en el cálculo de la indemnización o finiquito no forma parte de las causas de despido improcedente. A no ser que se pueda probar que ese error sea excesivamente importante como para que se considere un simple “error”.

¿Cuáles son las consecuencias del despido improcedente?

Existen dos posibles consecuencias: el pago de una indemnización o la readmisión del trabajador en su puesto.

Si el convenio colectivo no indica lo contrario, la empresa será la que opte entre una de las dos alternativas. Existe una excepción más: si el trabajador es representante legal de los trabajadores (RLT), será éste quien opte y no la empresa.

Indemnización por despido improcedente

Si se ha escogido la opción de indemnizar por despido al trabajador, recibirá una cantidad de 33 días de salario por año trabajado, con el límite de 24 mensualidades.

Pero si inició su relación laboral antes del 12 de febrero de 2012 (La denominada “Reforma Laboral”), el periodo previo se calculará en base a 45 días de indemnización con el tope de 42 mensualidades.

Readmisión del trabajador a su puesto de trabajo

Si la empresa o el trabajador (en los casos excepcionales) opta por la readmisión, la empresa deberá reincorporar al trabajador en su puesto y respetar sus condiciones de trabajo iniciales.

Pero no solo eso. La empresa deberá pagarle los salarios de tramitación (también llamados de “tramite”). Los salarios de tramitación son aquellos dejados de percibir por el trabajador desde su despido hasta la fecha en la que se reincorpore.

A estos salarios de “tramitación” o de “trámite se le ha de descontar las prestaciones de desempleo que haya percibido, desde su despido hasta su readmisión.

Resumiendo

Ante una carta de despido, se ha de realizar un análisis profundo de la misma. En primer lugar para detectar errores formales: falta de fecha de efectos, inconcreciones, falta de datos importantes, etc. Pero además, se ha de valorar la información que indica la empresa para diseñar una estrategia que haga imposible que pueda probar cualquier aspecto de la carta de despido.

Sentencias de nuestro despacho

Ponemos a tu disposición un resumen actualizado de nuestras Sentencias de despido improcedente:

Despido disciplinario considerado improcedente por prescripción de la sanción laboral

Despido improcedente por contenido extintivo falso

Despido improcedente de empleado de la Administración Pública

Despido improcedente por fraude de Ley

Despido improcedente por comunicar despido verbalmente

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