Recurso contra el alta médica en Sevilla

¿Necesitas un abogado laboral? Tenemos la mejor estrategia jurídica.

¡Somos la mejor opción para reclamar tu alta médica!

Contacta Ahora

Nuestros servicios como abogados de impugnación del alta médica en Sevilla

1
Consulta y valoración de tu caso
  • Te reunirás con uno de nuestros abogados expertos en derecho laboral para exponerle todo los datos sobre tu enfermedad, tus limitaciones y tu cotización a la Seguridad Social.
2
Análisis de tu documentación
  • Nuestros abogados analizarán todos los informes médicos que dispongas, públicos y privados, determinando las limitaciones para trabajar en tu profesión habitual.
3
Te comunicamos tus posibilidades
  • Nuestro equipo te indicará los procedimientos a seguir con la documentación aportada.
4
Inicio del procedimiento
  • Comenzaremos solicitando expediente a la Seguridad Social. En caso de haberse denegado, se elaborará y presentará demanda judicial.

¿En qué casos es útil el recurso contra el alta médica?

Cuando se cumplan los 365 días de baja médica, el INSS debe citar al trabajador ante el Tribunal Médico para revisar su estado. Una vez comprobada su capacidad para trabajar, la resolución tiene tres posibles consecuencias:

– Prorrogar la incapacidad temporal 180 días.

– Iniciar expediente de incapacidad permanente.

– Alta médica.

Ante el supuesto de alta médica, el trabajador puede reclamar la decisión del INSS a través del procedimiento oportuno. De forma independiente y paralela, se puede iniciar el procedimiento judicial ante el Juzgado de lo Social. Son dos los procedimientos que se pueden seguir para impugnar el alta médica, el mecanismo de disconformidad o acudir directamente al Juzgado de lo Social mediante el procedimiento normal de impugnación de altas médicas.

El procedimiento de disconformidad es válido en la inspección médica a los 365 días de la incapacidad temporal, el INSS procede con el alta médica (art. 170.2 Ley General de Seguridad Social). No es válido para altas una vez transcurridos los 365 días (a pesar de que nos puedan notificar la resolución días más tarde). Si es la propia Mutua quien ha acordado emitir el alta, se deberá seguir otro procedimiento diferente.


Plazos de presentación del recurso contra el alta médica

El trabajador tiene un plazo de solamente 4 días naturales (incluidos sábados, domingos y festivos) tras el día de la notificación del alta para iniciar el procedimiento de disconformidad. El INSS, tiene un plazo de 11 días para resolver la impugnación. En caso de que el trabajador no presente el recurso en el plazo de 4 días, deberá proceder con la impugnación mediante el procedimiento ordinario, lo que retrasará la resolución final.

Si se ha de acudir al procedimiento ordinario, se deberá presentar escrito de reclamación previa administrativa en el plazo de 11 días hábiles a contar a partir de la fecha de la emisión del alta. El INNS tiene 7 días para resolver el expediente y tanto si no responde (silencio administrativo negativo), como si responde de forma negativa, se deberá presentar demanda judicial en el plazo de 20 días hábiles tras el vencimiento del plazo.

Se ha de poner atención en la elaboración del texto de la reclamación previa. Debido a que si se cometen errores en el contenido, por acción u omisión, no se podrá subsanar en la fase judicial, y por ello el procedimiento estará condenado al fracaso. Por ello, ponemos a tu disposición, un equipo experto en derecho laboral para reclamar tu alta médica.

El equipo de Juristas Laboralistas está formado por expertos en el ámbito laboral. ¡Somos la mejor opción para reclamar tu alta médica!

Contacta Ahora
Máxima calidad de servicio
Más de 200 sentencias cada año
Valoración y primera consulta sin compromiso

Opiniones de nuestros clientes

Publicado en Google Google
María Zamora profile picture
María Zamora
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy contenta con Alberto.
Publicado en Google Google
Eduardo Galindo profile picture
Eduardo Galindo
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Para empezar NO HE SIDO CLIENTE NI SIQUIERA LOS CONOZCO!!. .Pero si te encuentras ahora como yo lo estaba con cientos de preguntas o dudas sobre tu incapacidad permanente o necesitas a Abogados laboralistas de verdad y honrados que te van a decir incluso aquellos de "Esto no se puede ganar" os aseguro que son los mejores. Puesto que no vais a perder ni el tiempo ni el dinero. En la primera cita de valoración que es GRATIS!! estudian ( por encima claro) tú caso y te dicen las cosas sin tapujos ni palabras técnicas que luego no vas a entender. Para mí 5 estrellas Sup.
Publicado en Google Google
Alfonso Iborra profile picture
Alfonso Iborra
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy profesionales… un 10
Publicado en Google Google
Jesus RO profile picture
Jesus RO
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Recomendado.
Publicado en Google Google
Cristian Illanes Martínez profile picture
Cristian Illanes Martínez
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy buena atención, explicación perfecta del caso y de forma sincera analizamos diferentes opciones. Sin duda en otro caso repetiré.
Publicado en Google Google
Carmen rocio profile picture
Carmen rocio
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Gran profesional Alberto.Gracias a él ganamos el juicio. Sin duda lo volveria a elegir.
Publicado en Google Google
Juan Angulo profile picture
Juan Angulo
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Sin duda unos verdaderos profesionales. Alberto se implicó desde el principio y estuvo siempre dispuesto a resolver todas mis dudas. Incluso cuando la empresa tuvo que despedirme, defendió MIS INTERESES en todo momento. Su buen trabajo, seriedad y profesionalidad han sido claves para resolver mi caso de la mejor manera. SIEMPRE LE ESTARÉ AGRADECIDO y contaré con él cuando tenga cualquier otro problema. Lo recomiendo 100%

Ver más en Google

Preguntas frecuentes

He impugnado el alta, ¿debo reincorporarme al trabajo?

Sí. La impugnación del alta médica no suspende la efectividad de la misma. El trabajador tiene la obligación de reincorporarse a su puesto en la fecha de efectos del alta.

No hacerlo, incluso habiendo iniciado la reclamación, puede ser considerado una ausencia injustificada y es causa de despido disciplinario. La reincorporación es obligatoria mientras se resuelve el procedimiento.

¿El procedimiento es el mismo si el alta la emite el INSS o la Mutua?

No. Los procedimientos difieren sustancialmente. El alta emitida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), generalmente por contingencias comunes, sigue el procedimiento de disconformidad y la posterior vía judicial.

El alta emitida por una Mutua Colaboradora (por accidente de trabajo o enfermedad profesional) se impugna mediante un procedimiento de revisión ante el INSS y, posteriormente, ante la jurisdicción social. Cada vía tiene particularidades procesales y plazos distintos.

¿Qué diferencia hay entre «disconformidad» e «impugnación»?

El procedimiento de disconformidad es la reclamación administrativa inicial que se presenta ante el INSS contra un alta emitida antes de los 365 días de Incapacidad Temporal.

La impugnación judicial es la demanda que se presenta ante los Juzgados de lo Social. Se utiliza cuando la disconformidad administrativa ha sido desestimada, o para recurrir directamente altas emitidas en otros supuestos (como el alta por agotamiento de los 365 días o las emitidas por la Mutua).

Otras reclamaciones a la Seguridad Social

Abogados de derecho administrativo en Sevilla

Abogados de derecho administrativo en Sevilla

Abogados expertos en personal laboral de la Administración pública: despidos, subrogaciones, antigüedad, vacaciones; fraude de Ley, etc.

Ver más
Abogados de discapacidad en Sevilla

Abogados de discapacidad en Sevilla

¿Necesitas el reconocimiento de tu discapacidad? Cuéntanos tu caso y te ayudaremos.

Ver más
Abogados especialistas en bajas laborales en Sevilla

Abogados especialistas en bajas laborales en Sevilla

¡Somos la mejor opción para reclamar tu baja laboral! Contacta Ahora Defensa experta frente a altas médicas indebidas ¿Le han dado el alta, pero la realidad es que no se…

Ver más
Abogados especialistas en pensiones de viudedad y orfandad en Sevilla

Abogados especialistas en pensiones de viudedad y orfandad en Sevilla

¿Necesitas un abogado laboral? Tenemos la mejor estrategia jurídica.

Ver más
Contacto ¿Hablamos?

Solicita más información sin compromiso y te asesoramos sobre nuestros servicios.

  • Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Juristas Laboralistas Aparecemos en los medios
Llámanos al 955 11 45 38