Cómo calcular la indemnización por despido objetivo
¿Qué es la indemnización por despido?
La indemnización por despido objetivo es la compensación económica a la que el trabajador tiene derecho tras el fin de su relación laboral por despido.
Este derecho de los trabajadores lo abonará la empresa cuando existan motivos técnicos, económicos, organizativos o de producción.
A continuación, te lo explicamos todo.
El motivo es claro: compensar la pérdida de ingreso que la persona trabajadora sufre por su despido objetivo.
Pero hemos de tener en cuenta que, a la hora de calcular la indemnización por despido objetivo, la indemnización que perciba cada trabajador no será siempre la misma: variará en función del salario y de la antigüedad del mismo. A mayor antigüedad y salario, mayor indemnización.
¿Cuál es la normativa aplicable?
Las condiciones e indemnización por despido objetivo se regulan en nuestro país en el Estatuto de los Trabajadores (norma legal básica).
Pero además, los convenios colectivos (sean de sector o de empresa) se negocian para incrementar las garantías que ya establece el Estatuto de los Trabajadores. Por ello, habrá que analizar el propio texto del convenio colectivo para conocer si existe alguna mejora respecto al Estatuto de los Trabajadores.
Además, la jurisprudencia (Sentencias del Tribunal Supremo), marcan criterios de interpretación en cuanto a que es y que no es un despido objetivo. Y sobre todo, concretan cómo calcular la indemnización por despido objetivo.
Cómo calcular indemnización por despido objetivo
La fórmula de cálculo de la indemnización por despido objetivo es diferente frente al resto de tipos de despidos laborales (cómo por ejemplo la calificación de despido improcedente).
Para el caso del despido objetivo, percibirás una indemnización de 20 días de salario por cada año de antigüedad que tengas en la empresa, con el límite de 12 mensualidades.
Para su cálculo necesitas dos cifras: el salario diario y la antigüedad.
Tu salario
Para realizar el cálculo debes de determinar cual es el salario diario. Para ello, debes sumar el salario anual (incluida las pagas extras) y dividirlo entre 365.
Pero ojo, existen una serie de complementos salariales que debes restar del cálculo, dada su naturaleza extrasalarial. Hablamos de los suplidos (plus de transporte, ropa, vestuario, herramientas, vehículo de empresa para uso profesional, dietas (sólo en determinadas ocasiones), etc.)
Tu antigüedad
Es el segundo dato importante. A mayor antigüedad, mayor indemnización por despido objetivo.
Si no la recuerdas, puedes comprobarla en la parte superior de cualquiera de tus nóminas. En el caso de que no tuvieras nóminas y no pudieras acceder al dato concreto, deberás solicitársela a la empresa.
Debes saber que, si no te entregan copia de tus nóminas, puedes denunciarlo ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia donde residas o trabajes.
Ejemplos de cómo calcular indemnización por despido objetivo
El trabajador percibe un salario de 1800 euros al mes (12 pagas prorrateadas)
- Salario diario del trabajador: 1800*12/365= 59,17 euros/día
- Antigüedad: 7 años
- Calculamos su indemnización:
59,17 euros * 20 días = 1.183,40 euros / mes
1.183,40 * 7= 8.283,80 euros
Máximo de 12 mensualidades
Importante es también que, independientemente del tiempo trabajado, la cuantía de la indemnización no podrá superar un límite de 12 mensualidades.
Cómo reclamar la indemnización por despido objetivo
La empresa, junto a la carta de despido, deberá poner a disposición y abonar una indemnización de 20 días de salario por cada año de antigüedad.
Pero, en la mayoría de los casos la empresa debe abonar una indemnización mayor: la equivalente al despido improcedente.
Son muchos los casos en los que la empresa no es capaz de acreditar que existen suficientes razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que avalen el despido objetivo.
Por ello, debes recopilar información relativa a tu salario, nóminas, contrato de trabajo y carta de despido.
Papeleta conciliación despido
Una vez tengas preparada la documentación, debes presentar la denominada papeleta de conciliación, ante el Centro de Conciliación, Mediación y arbitraje de la Comunidad autónoma donde residas o hayas prestado servicios.
Ten en cuenta que, en algunas Comunidades autónomas, este Órgano se denomina SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación).
Has de tener cuidado en elaborar la “papeleta de conciliación”, dado que has de recoger el motivo por el que solicitas se reconozca la improcedencia, haciendo clara alusión a los motivos en base a los que lo pides.
Una vez la presentes, recibirás del Organismo Público (Consejería de empleo) una cita para celebrar el Acto de Conciliación
Ten en cuenta que deberás consultar a un abogado especializado en derecho laboral para que además de comprobar las cifras calculadas, diseñe una estrategia jurídica ganadora para que el despido objetivo se califique como improcedente.
Plazo para reclamar el despido objetivo.
Desde la fecha del despido tienes un plazo de 20 días hábiles para presentar papeleta de conciliación.
Pero ten en cuenta que, la presentación de la papeleta de conciliación ante el CMAC/SMAC suspende el plazo para recurrir el despido sólo por 15 días. A partir del día 16, seguirá contando el plazo de 20 días (los días de queden.
¡Y ojo!, sí no has presentado demanda en el plazo de 20 días hábiles tras el despido (sumado a los 15 días de suspensión), no podrás reclamar tu despido.
Tributación en el IRPF de la indemnización por despido objetivo
Existen determinadas exenciones fiscales aplicables a las indemnizaciones por despido. Según la legislación vigente, las indemnizaciones por despido que no superen los 180.000 euros están exentas de tributación.
Estas exenciones fiscales representan un alivio económico para los trabajadores despedidos, permitiendo que una parte significativa de la indemnización se reciba sin la carga de impuestos.
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Socio Director del Bufete Juristas Laboralistas desde 2007, experto laboralista con más de 15 años de experiencia en derecho laboral y seguridad social. Experto por la Universidad Pablo de Olavide y Máster en Régimen jurídico de sociedades laborales. Colabora habitualmente con medios de comunicación como EL PAIS; Cadena COPE, Cadena SER, La Sexta, Antena 3 y Canal Sur TV y Radio.
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