Despido después de un ERTE por causas económicas: ¿es legal?
Desde que estallase la pandemia por el COVID-19, miles de empresas españolas se han acogido a un ERTE por fuerza mayor a causa del coronavirus, con el objetivo de evitar despidos masivos, y así aliviar la carga económica de la plantilla mientras la actividad está detenida, ya que las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores en ERTE quedaban exoneradas.
Cuando el ERTE se declara por fuerza mayor debido a la COVID, la empresa está obligada a mantener a sus trabajadores durante los seis meses siguientes tras la vuelta a la actividad, con la única excepción de que la empresa estuviera en riesgo de declararse en concurso de acreedores, y pudiera demostrarlo.
Pero hay que dejar claro que esto es así cuando el ERTE por fuerza mayor es a causa del COVID, pero, si el ERTE es por causas económicas, productivas, técnicas u organizativas, la empresa no está obligada a mantener el empleo, y por tanto, estará en disposición de despedir, sin necesidad de que pasen 6 meses tras la vuelta del trabajador a la actividad.
El despido después de un ERTE por causas económicas es legal
Por ello, el despido después de un ERTE por causas económicas sí es legal.
Eso sí, para que el despido tras ERTE por causas económicas sea válido, la empresa deberá demostrar las causas económicas por las que ha llevado a cabo el despido (técnicas, económicas, organizativas o de producción)
La empresa deberá especificar su situación económica para justificar el despido después de un ERTE por causas económicas, independientemente de que este sea individual o colectivo.
En cualquier caso, no estará obligada a revelar toda la información ni toda la documentación financiera para justificar esta medida, pero sí deberá especificarla de forma pormenorizada en la carta de despido.
Una vez notificada la carta de despido objetivo se cuenta con un plazo de 20 días hábiles para iniciar el procedimiento de impugnación del despido).
¿Hay indemnización tras un despido después de un ERTE por causas económicas?
Si la empresa puede justificar el despido después de un ERTE por causas económicas, el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
Esta indemnización se calcula a partir de la antigüedad del trabajador, teniendo en cuenta todos los contratos de trabajo temporales (si los hubiera) y el salario.
En caso de que la empresa no abonase la correspondiente indemnización, el despido tras ERTE por causas económicas sería declarado como improcedente, a no ser que la empresa alegase una falta de liquidez para poder afrontar la indemnización, teniendo que documentar esa falta de liquidez ante un juez.
¿Se puede reclamar un despido después de ERTE por causas económicas?
El trabajador dispondrá de un plazo de 20 días hábiles para reclamar un despido después de ERTE por causas económicas, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la carta de despido.
En caso de que un juez dictaminase el despido como nulo o improcedente, el empleado podría ser readmitido en el mismo puesto de trabajo que desempeñaba y con las mismas condiciones, o recibir una indemnización superior a la propuesta inicialmente por la empresa (la correspondiente a la del despido improcedente).
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Socio Director del Bufete Juristas Laboralistas desde 2007, experto laboralista con más de 15 años de experiencia en derecho laboral y seguridad social. Experto por la Universidad Pablo de Olavide y Máster en Régimen jurídico de sociedades laborales. Colabora habitualmente con medios de comunicación como EL PAIS; Cadena COPE, Cadena SER, La Sexta, Antena 3 y Canal Sur TV y Radio.
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