Volvemos a ganar Incapacidad permanente por Fibromialgia
De nuevo volvemos a ganar pensión de incapacidad permanente por fibromialgia. Y como siempre, la satisfacción no sólo por haber hecho Justicia, sino por devolverle a una familia más, la ilusión.
La fibromialgia, como ya tratamos en un anterior artículo, ha sido tradicionalmente una patología difícil de acreditar por sus síntomas, que pueden en muchos casos dificultar un diagnóstico certero de la enfermedad, lo que provoca del mismo modo la dificultad de acreditar ante el INSS y posteriormente ante el Juzgado de lo Social, la reducción o anulación de la capacidad laboral del trabajador o trabajadora que la patología en cuestión provoca.
Así, es pacífica la Doctrina que establece que para que se estime la pensión de incapacidad permanente en grado total por fibromialgia, ésta provoque continuas bajas de incapacidad temporal, lleve aparejado dolores que precisen tratamiento en unidades del dolor, y que los diferentes facultativos determinen la falta de respuesta a todos los tratamientos instaurados (TSJ Cataluña 11-1-12). Así, se reconoce como causa de una incapacidad permanente total (TSJ Murcia 22-5-06; TSJ Burgos 15-3-12); con el mínimo de 11 puntos de dolor (puntos gatillo) objetivados (TSJ Madrid 6-6-05 y 27-2-06). En contra se considera que no basta con acreditar un número de puntos-gatillo superior a 11, sino que es necesario valorar cuál es la repercusión real (TSJ Cataluña 10-12-04); o bien se considera que no tiene intensidad en relación con la actividad (TSJ Cantabria 17-4-07 y TSJ Galicia 18-6-10).
En este sentido, la fibromialgia se manifiesta a través de la dificultad para dormir, rigidez por la mañana, dolores de cabeza, periodos menstruales dolorosos, sensación de hormigueo o adormecimiento en las manos y los pies o la falta de memoria o dificultad para concentrarse (“fibroneblina”), síntomas que hay que relacionar en torno a esta patología y probar el nexo de unión entre ella y la capacidad laboral que resulte.
«El propio INSS en vía administrativa denegó la prestación aduciendo la archiconocidísima frase: “por no ser las lesiones que padece, susceptibles de determinación objetiva o previsiblemente definitivas»
Así pues, y en el caso que nos toca, volvimos a enjuiciar al INSS y a la TGSS respecto de una trabajadora –peón agrícola- con un cuadro clínico complejo, el cual se componía además de fibromialgia de 18 puntos gatillo, de rotura parcial del biceps derecho.
Es muy evidenciador que el propio INSS en vía administrativa denegó la prestación aduciendo la archiconocidísima frase: “por no ser las lesiones que padece, susceptibles de determinación objetiva o previsiblemente definitivas”, y que el mismo Informe Médico de Síntesis (en adelante IMS) contradecía, pues se ha estimado la prestación de incapacidad permanente por las mismas patologías y en la misma fase de evolución que el propio IMS recogía.
Más allá del debate de las actuaciones del propio Instituto Nacional de la Seguridad Social –que es materia para muchas líneas- es relevante que de nuevo se constata los efectos limitadores de la fibromialgia para el trabajo. En este caso, cuanto menos, para la profesión habitual reconocida administrativamente de peón agrícola. Por ello, y a pesar de que en algunos casos comienza a estimarse que la fibromialgia puede invalidar de forma absoluta para todo trabajo, lo realmente importante es que cada vez más, se objetiven y concreten los efectos que dicha patología tienen sobre la capacidad para el trabajo.
Socio Director del Bufete Juristas Laboralistas desde 2007, experto laboralista con más de 15 años de experiencia en derecho laboral y seguridad social. Experto por la Universidad Pablo de Olavide y Máster en Régimen jurídico de sociedades laborales. Colabora habitualmente con medios de comunicación como EL PAIS; Cadena COPE, Cadena SER, La Sexta, Antena 3 y Canal Sur TV y Radio.
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