Incapacidad Permanente por Hernia Lumbar Discal

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Incapacidad Permanente por Hernia Lumbar Discal

La incapacidad permanente por hernia lumbar discal se concede cuando una vez agotados todos los tratamientos, persiste dolor y limitación para movimientos. Por ello, si tienes síntomas de hernia lumbar que te impiden trabajar, podemos conseguir incapacidad permanente por hernia discal lumbar.

¿Qué es la hernia lumbar discal?

Cuando una parte (o la totalidad) del disco intervertebral se desplaza hacia la raíz nerviosa, se produce mucho dolor. En muchas ocasiones, el dolor que provoca la hernia se produce al realizar movimientos en los que interviene la columna lumbar, pero en otros, se produce dolor lumbar incluso sin realizar movimientos.

Por ello, la hernia lumbar discal provoca 2 tipos de limitaciones: el propio dolor al movernos y la limitación de movimiento, producida a su vez, por el dolor. Y en algunas ocasiones, el dolor se extiende hasta el pie.

Dolor por hernia lumbar discal

El dolor lumbar es en muchos casos de tal intensidad que no nos permita ni siquiera realizar las tareas cotidianas, como por ejemplo con hernia L5-S1.

Graduar el dolor y acreditarlo en informas médicos no es fácil, dado que cada persona tiene un umbral del dolor diferente. A efectos de incapacidad permanente es muy importante que se nos haya recetado un analgésico duro, como Tramadol, Tapentadol o Fentanilo. El Motivo es sencillo: la mejor forma de acreditar que se sufre un dolor muy intenso es a través del tipo de analgésico que el propio médico especialista nos haya recetado.

En muchas ocasiones, el dolor se irradia hasta el pie, lo que se denomina ciática. Tanto el dolor típico de la hernia discal lumbar como el de la ciática, son muy invalidantes, y dan lugar normalmente a incapacidad permanente en grado total o absoluta.

Limitación de movimientos

El propio dolor limita los movimientos de la columna vertebral. Dependiendo del grado de dolor podremos realizar movimientos con mayor o menor amplitud y cargar más o menos peso.

Pero además, en muchos casos, realizar determinados movimientos y/o cargar peso hará que nuestras limitaciones aumenten.

Requisitos para Incapacidad por hernia lumbar discal

Es una de las preguntas más importantes para incapacidad permanente por hernia discal, y que diariamente nos hacéis.

En primer lugar debemos obtener informes en los que se indique la enfermedad de forma clara, y las limitaciones que nos provocan. Es decir, los informes médicos deben indicar que se sufre dolor muy intenso, y que no cede ante ningún tratamiento.

Paralelamente debemos tener prescrito o recetado analgésicos muy intensos. La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece una escala analgésica de tres escalones, dependiendo de la intensidad de los analgésicos. Cuanto mayor sea el grado de los analgésicos recetados, más fácil será probar que el nivel de dolor por hernia discal es insoportable.

De esta forma la escala analgésica de la OMS tiene 3 escalones. Nos fijaremos en el segundo y tercero. El segundo escalón corresponde a los analgésicos opioides débiles (Tramadol, Petidina, Pentazocina, etc.), y el tercer y último escalón a los opioides potentes (Morfina, Fentanilo, Hidromorfona, etc.)

Si nuestro médico especialista nos ha recetado analgésicos opioides de tercer escalón (por ejemplo fentanilo) será fácil demostrar que el nivel de dolor que nos provoca la hernia lumbar discal no nos permite realizar ninguna profesión remunerada.

Pero, además existe un segundo requisito para obtener la minusvalía permanente por hernia discal: debemos probar que hemos agotado todas las medidas de curación posible, y que aun así, nos encontramos incapacitados para trabajar.

Existen muchas medidas terapéuticas de recuperación, como por ejemplo la rehabilitación física, fajas lumbares, dispositivos de electro estimulación, intervención quirúrgica, etc. se trate de hernia L4-L5, hernia L5 S1, hernia L3-L4 o en cualquier otro nivel de la columna vertebral.

De esta forma, además de encontrarnos  limitados para realizar nuestra profesión habitual o cualquier profesión, debemos probar que nuestras limitaciones no son curables, es decir previsiblemente definitivas.

Que valora el Tribunal médico

El Tribunal Médico es la primera fase del proceso de reconocimiento de incapacidad permanente por hernia lumbar discal y valorará si las limitaciones que padecemos son suficientes para incapacidad permanente.

Nos reuniremos con un médico evaluador que nos pedirá informes médicos y nos preguntará cuales son nuestras limitaciones. Debemos ser claros al explicar cuáles son nuestras limitaciones (movilidad de la columna, sentarnos, dolor al cargar peso, al deambular, etc.) para que se conceda la incapacidad permanente.

En caso de que se desestime la petición de incapacidad permanente, deberemos solicitar el Informe Médico de Síntesis, que nos será de gran ayuda para preparar la Reclamación previa de incapacidad permanente y posterior demanda judicial.

¿Es necesario operarnos hernia discal L5 S1?

Si nos encontramos pendientes de intervención quirúrgica de hernia lumbar discal debemos esperar a ser intervenidos para solicitar la incapacidad permanente.

El motivo es sencillo. Uno de los dos requisitos de incapacidad es que las lesiones y limitaciones sean permanentes. Por ello, si nos vamos a someter a intervención quirúrgica, cabe la posibilidad de que nos recuperemos. Una vez nos intervengamos, deberemos obtener informes médicos en los que se siga constatando que padecemos dolor intenso y limitaciones de movimiento.

¿Puedo negarme a operarme de espalda?

Sí, pero si en los informes médicos en los que se recomiende por parte del Traumatólogo la intervención quirúrgica se indica que el paciente la rechaza, la Seguridad Social podrá denegar la incapacidad permanente por no haber cumplido el requisito de agotamiento terapéutico. En otras palabras, si ocurre lo anterior, el INSS denegará la pensión de incapacidad  indicando que aún no se han agotado todas las medidas de recuperación posibles.

En los caos en los que el paciente decida no operarse y si tramitar la incapacidad permanente, deberemos contar con informe médico del Servicio de Traumatología en la que se indique que no se garantiza la recuperación funcional del paciente. De lo contrario, la Seguridad Social no interpretará como el NO agotamiento de las posibilidades de recuperación, y denegara la incapacidad permanente,

Nuestras Sentencias de Incapacidad permanente por hernia lumbar discal

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