Incapacidad permanente por Hipoacusia

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Incapacidad permanente por Hipoacusia

Si padeces pérdida auditiva, debes saber que es posible conseguir incapacidad permanente por hipoacusia o sordera, y por tanto cómo obtener la pensión correspondiente.

¿Qué es la hipoacusia?

La hipoacusia es una disminución de la capacidad auditiva, que coloquialmente se conoce como sordera. Existen diferentes grados de hipoacusia, siendo el más grave la cofosis (pérdida total o severa de audición).

La hipoacusia o sordera, puede ser congénita, presente desde el nacimiento o adquirida a lo largo de la vida. Puede afectar a un solo oído o a ambos (hipoacusia bilateral),y según la causa, puede ser conductiva (el sonido no se transmite correctamente al oído interno), neurosensorial (daños en los nervios o estructura interna) o mixta.

Cuando hablamos de incapacidad laboral por perdida auditiva, lo más frecuente es la concesión de incapacidad permanente total. La incapacidad permanente absoluta por sordera se reserva a aquellos casos en los que no existe capacidad de audición alguna.

Para la obtención de una pensión por incapacidad permanente, la pérdida de audición debe ser considerable o importante, de tal manera que imposibilite o dificulte notoriamente realizar la profesión habitual del trabajador o en los casos más graves, no sea posible trabajar en ninguna ocupación.

Será el Tribunal médico el órgano que valorará el grado de incapacidad a conceder en función del nivel de pérdida auditiva y de las exigencias que requiera su profesión. Deben ser supuestos que,  a pesar de los posibles tratamientos contra la sordera o hipoacusia, no mejoren con el tiempo, complicando o impidiendo de éste modo la actividad laboral.

A continuación resolveremos todas las dudas acerca de los grados de incapacidad permanente por hipoacusia, abordando también la discapacidad.

Si tienes limitaciones auditivas y necesitas una incapacidad permanente, ponemos a tu disposición nuestro equipo de abogados especialistas en incapacidades permanentes auditivas.

Además, al final de este articulo encontraras el acceso a nuestras últimas sentencias de incapacidad permanente por hipoacusia.

Tipos de incapacidad laboral por hipoacusia

Incapacidad permanente total por hipoacusia

Para que se conceda este grado, la pérdida de audición o sordera debe de ir asociada a problemas en la comunicación en el trabajo. Y como consecuencia, que afecte a sus capacidades para trabajar.

A modo de ejemplo, (son cientos de profesiones las que son incompatibles con la hipoacusia o sordera) son todas aquellas profesiones en las que se desarrollen en ambientes de trabajo muy ruidosos o de alta contaminación acústica, donde a pesar del uso de audífonos,  la comunicación sea dificultosa y limite las funciones comunicativas o incluso, llegue a poner en peligro al trabajador en cuestión (pensemos en fábricas con maquinaria ruidosa, donde la falta de audición puede poner en peligro la integridad física).

Otra situación en la que se suele conceder incapacidad permanente por sordera o hipoacusia es en el sector del “call center”, donde la persona trabajadora ha de comunicarse de forma permanente con cada usuario e inmerso en un ambiente muy ruidoso.

La incapacidad permanente total permite la posibilidad de que la persona pueda trabajar compatibilizando su pensión con una profesión distinta a la que ha servido para concederle la incapacidad permanente total. Lógicamente debe tratarse de una profesión que presente unos requisitos diferentes a los que dio origen a la incapacidad y compatibles con su sordera o hipoacusia.

¿Debe la empresa reubicarme o adaptar el puesto tras incapacidad permanente total?

Desde el 18 de enero de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), obliga a las empresas españolas, en los casos de concederse incapacidad permanente total, a intentar reubicar a los trabajadores antes de proceder a extinguirles su contrato.

Antes de esa fecha, la concesión de incapacidad permanente total conllevaba de forma automática la extinción del contrato de trabajo, no teniendo la empresa ninguna obligación de adaptar o reubicar al trabajador.

Pero ha sido a partir de la Sentencia del TJUE de 18-1-2024 (Caso C-631/22) respondiendo al TSJ de Baleares,  cuando se ha dictaminado que extinguir el contrato de trabajo tras la concesión de incapacidad permanente sin intentar la readaptación del puesto es contrario al Derecho comunitario y por tanto podría ser constitutivo de despido nulo.

Además de estos requisitos individuales, para la obtención de una pensión contributiva por incapacidad total por sordera o hipoacusia, será necesario;

a. Ser menor de 65 años

b. Estar dado de alta en el Sistema de la Seguridad Social

c. Haber cotizado con anterioridad, salvo que estemos ante una enfermedad o accidente laboral.

Cuantía de la incapacidad permanente total por hipoacusia o sordera

Consiste en una pensión vitalicia del 55% de la base reguladora, para menores de 55 años. Las personas de 55 años o más, percibirán el 75% de la base reguladora siempre que no desarrollen ninguna actividad laboral compatible.

Incapacidad permanente absoluta por hipoacusia

Debemos encontrarnos ante una sordera severa o total y por tanto dificultad en la comunicación. Para su concesión debe afectar a ambos oídos y combinarse con otras lesiones, un ejemplo común es el vértigo o síndrome Méniére.

Con la incapacidad permanente absoluta por pérdida auditiva no es posible trabajar en una ocupación diferente. Es decir, se inhabilita por completo al trabajador para la realización de cualquier tipo de actividad laboral.

Cuantía de la incapacidad permanente absoluta por hipoacusia o sordera (prestación por sordera)

Será una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora, exenta además de retención por IRPF. Este grado de incapacidad es incompatible con el desarrollo de cualquier profesión.

Incapacidad por hipoacusia y discapacidad por hipoacusia, ¿es lo mismo?

Hasta ahora hemos tratado de la incapacidad permanente por pérdida auditiva o hipoacusia, pero también es posible obtener la acreditación de discapacidad. Por ello, incapacidad no es lo mismo que discapacidad.

La concesión del certificado de discapacidad por sordera genera una serie de beneficios sociales y fiscales muy interesantes, además de poder trabajar en empresas adaptadas a personas con discapacidad. Pero a diferencia de las incapacidades permanentes, no genera el derecho a recibir una prestación económica o pensión.

Existe una excepción, si no se cumplen los requisitos de cotización para solicitar incapacidad permanente, se podrá solicitar una pensión no contributiva de invalidez.

Invalidez no contributiva por hipoacusia

La concesión de discapacidad no conlleva el cobro de pensión alguna, excepto si no tenemos derecho a pensión por incapacidad permanente y cumplimos una serie de requisitos.

El primer requisito es haber obtenido un 65% o más de discapacidad. Pero además no se puede superar un determinado nivel de ingresos anuales para ser beneficiario de la pensión de invalidez no contributiva.

En 2023 la pensión contributiva por discapacidad ascendía a un máximo de 484.61 euros mensuales.  Si se supera el 75% de discapacidad, habría un complemento de 3.392,27 euros (anuales) siempre y cuando quede acreditada la necesidad de ayuda de terceras personas, para las actividades diarias y básicas de cuidado.

Con la concesión de la incapacidad permanente, se reconoce automáticamente el grado de discapacidad del 33% por hipoacusia otorgada por el INSS (debemos destacar que el certificado concedido por el INSS no conlleva la totalidad de las ventajas del concedido por el Órgano de valoración de la CCAA).

Igualmente, la concesión de la discapacidad puede ser el paso previo para iniciar el proceso de incapacidad permanente por hipoacusia o sordera.

La administración competente (Equipo de Valoración y Orientación de cada Comunidad Autónoma) llevará a cabo el reconocimiento de grado de discapacidad, así como la puntación obtenida en el vigente baremo.

El Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, establece el criterio para conceder un determinado porcentaje de discapacidad.

Este baremo será utilizado por el Órgano de valoración de discapacidad para conceder un determinado porcentaje por discapacidad auditiva

Sentencias Incapacidad permanente por hipoacusia

Resolución Incapacidad permanente total por hipoacusia

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