Indemnización por despido improcedente ¿Cómo se calcula? Guía 2021
Indemnización por despido improcedente
La indemnización por despido improcedente es la máxima indemnización que regula nuestra legislación laboral en caso de despido. Hemos de aclarar que sólo se abona en caso de despido, y nunca en el caso de baja voluntaria o dimisión.
La indemnización por despido improcedente ha sido fruto de múltiples regulaciones; en la mayoría de los casos modificando la fórmula de cálculo para disminuirla. Su última modificación se produjo en el año 2012, a través de la Ley 3/2012, tradicionalmente denominada “reforma laboral”.
Esta indemnización en la actualidad asciende a 45 días por año trabajado (hasta febrero de 2012), y 33 días por año trabajado a partir de esa fecha, con el tope de 24 mensualidades. Previo a su última modificación en febrero de 2012 a raíz de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral ( “reforma laboral”), esta indemnización por despido se calculaba a razón de 45 días de salario por año trabajado, con el límite de 42 mensualidades, lo cual representaba en la práctica, cantidades indemnizatorias muy superiores a las actuales.
¿Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente?
Para el cálculo se utilizan dos parámetros: antigüedad del trabajador y salario regulador.
En primer lugar se deberá determinar la antigüedad real del trabajador, bien consultando en la nómina (casilla de antigüedad) o bien consultando nuestro informe de vida laboral. Ha de tenerse en cuenta que a veces la antigüedad real no aparece reflejada en la nómina, dado que a veces la empresa no reconoce relaciones laborales temporales previas. Por ello si se ha trabajado con espacios de tiempo de menos de 20 días, se habrá de tener por antigüedad laboral el día de inicio de la primera relación laboral con la empresa.
Antigüedad laboral
De esta forma, la indemnización es diferente según el periodo de tiempo:
Contrato laboral con inicio previo a 12-2-2012:
Tramo 1: indemnización consistente en 45 días de salario por año trabajado, con el tope de 42 mensualidades. A partir de 12-2-2012, la indemnización se calcula a razón de 33 días de salario por año trabajado, con el limite o tope de 24 mensualidades
Contrato laboral con inicio posterior a 12-2-2012:
Sólo se genera indemnización a razón de 33 días de salario por año trabajado, con el límite de 24 mensualidades
Hemos de tener en cuenta que la antigüedad se calcula por meses completos ( es erróneo calcular, por ejemplo 32,4 meses), por lo que los meses incompletos se prorratearan hasta el mes entero (32,4 meses = 33 meses)
Salario regulador
El salario regulador es simplemente el salario que se debe tener en cuenta para el cálculo de la indemnización por despido improcedente, formado por los complementos de naturaleza salarial que regule el convenio colectivo de aplicación o en caso de no existir, el salario mínimo interprofesional (SMI).
Con ello nos referimos a que si el trabajador percibe menos salario de lo que le corresponde, su indemnización se calculará según lo establecido en las tablas salariales del convenio colectivo y no sobre la cantidad que realmente perciba (si esta es menor que lo establecido en el convenio colectivo de aplicación)
A veces la nómina es fija y representa poca dificultad para calcular el salario regulador, pero si la nómina es irregular debemos sumar lo que se perciba anualmente y dividirlo entre 365. Si se realiza el cálculo a partir del salario mensual, se deberá dividir entre 30,42 para conseguir el salario diario a efectos de despido. (acceso sentencia Tribunal Supremo que regula la fórmula de cálculo)
La fórmula de cálculo de la indemnización
Una vez calculadas la antigüedad laboral y el salario regulador a efectos de despido calculados, utilizamos la regla de las proporciones para realizar el cálculo. Así si a 12 meses (1 año trabajado), le corresponde 33 días de indemnización (o 45, según la situación), a 56 meses trabajador (por ejemplo), le corresponderá X indemnización.
¿Cómo se comprueba si supera límite indemnización despido improcedente?
Recordemos que la indemnización por despido improcedente tiene el límite de 42 mensualidades hasta 12-2-2012 y a partir de esa fecha el límite es de 24 mensualidades.
Si por ejemplo se ha iniciado una relación laboral previa a 12-2-2012 tendremos que comprobar si la indemnización calculada para ese periodo supera la cifra equivalente a la suma de 42 mensualidades.
Así si hemos generado una indemnización en el periodo anterior a 12-2-2012 de 65.000 euros pero la cantidad resultante de sumar 42 mensualidades es de 62.000 euros, estaríamos perdiendo 3.000 euros por superar el límite máximo.
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Socio Director del Bufete Juristas Laboralistas desde 2007, experto laboralista con más de 15 años de experiencia en derecho laboral y seguridad social. Experto por la Universidad Pablo de Olavide y Máster en Régimen jurídico de sociedades laborales. Colabora habitualmente con medios de comunicación como EL PAIS; Cadena COPE, Cadena SER, La Sexta, Antena 3 y Canal Sur TV y Radio.
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