¿Qué es el Despido improcedente? Cómo reclamar

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¿Qué es el Despido improcedente? Cómo reclamar

Un despido es improcedente cuando la empresa no ha cumplido los requisitos legales o el motivo del despido es falso.

El despido será calificado por el juez como improcedente cuando, una vez valorado, entienda que las causas son ciertas, no se ajustan a Derecho o se ha tramitado conteniendo errores de forma. Ten en cuenta que, si el empresario realiza cualquier tipo de despido con una causa falsa, será improcedente. De la misma forma, si se trata de un despido disciplinario y la falta se encuentra prescrita, será calificado como despido improcedente.

También será calificado el despido como improcedente, si la carta de despido es inconcreta o no contiene los elementos mínimos que regula la Ley.

Una vez notificada la carta de despido, tendremos un plazo de 20 días (hábiles: sin contar sábados, domingos ni festivos), para recurrir el despido.

El primer paso es presentar la denominada papeleta de conciliación ante el CMAC (Centro de Conciliación, Mediación y Arbitraje). En caso de no alcanzarse acuerdo, se presentará demanda de despido ante el Juzgado de lo Social. Será el Juez, quien califique el despido improcedente.

Ante la pregunta qué es el despido improcedente, existen 3 tipos de despido:

  1. Despido nulo
  2. Despido procedente
  3. Despido improcedente

El juez calificará el despido como nulo, cuando el motivo del despido sea un aspecto discriminatorio. Por ejemplo, el despido por estar embarazada, por creer en una religión diferente, o por, simplemente solicitar a la empresa algún derecho (vulneración del principio de indemnidad). Pero además, existe el Principio jurisprudencial de la Garantía reforzada, mediante el cual, si se produce el despido embarazo, se calificará nulo.

El despido será procedente, cuando tanto el motivo del mismo, como el procedimiento llevado a cabo para despedir, sean ciertos y correctos. La consecuencia será la propia del despido: se rompe la relación laboral.

El despido será improcedente cuando la razón para realizarlo no se ajuste a derecho (no sea legal), la carta de despido sea inconcreta, el motivo sea falso, o el procedimiento llevado a cabo no se haya realizado legalmente.

¿Cómo actuar ante un despido improcedente?

El despido es una situación desagradable y para la que debemos estar preparados, por lo que una vez aclarado que es el despido improcedente, pasamos a ver cómo actuar ante el propio despido.

Puede ocurrir en cualquier momento, tengamos un contrato temporal, o un contrato indefinido, durante una baja médica, durante nuestras vacaciones, o durante nuestra excedencia.

Por ello es muy importante saber cómo actuar ante un despido improcedente, sobre todo, si la empresa no permite que un abogado laboralista Sevilla esté presente en la entrega de la carta de despido.

En primer lugar, debes escribir NO CONFORME en la carta de despido, escribir la fecha de la firma, y tu nombre y apellidos.

Es muy importante que, en caso de que la empresa no te permita escribir “no conforme” (situación habitual), puedas tener pruebas de la coacción. Puedes grabar la conversación con el empresario, dado que, en caso de que se te coaccione para que no firmes “no conforme” y no tengas prueba alguna, será más difícil defenderte.

Una vez que la empresa te haya notificado la carta, debes elaborar la papeleta de conciliación y presentarla ante el CMAC (Centro de Conciliación, Mediación y Arbitraje).

Una vez celebrado el Acto de Conciliación; si no hay acuerdo, deberás presentar demanda ante el Juzgado de lo Social. (Ojo con los plazos de prescripción y caducidad del despido: 20 días hábiles para iniciar el procedimiento + 15 días al presentar la papeleta de conciliación)

Despido improcedente durante la baja médica

El despido durante la baja médica es improcedente si nos despiden cuando no llevemos demasiados meses de baja laboral.

Por el contrario, si hemos superado los 12 meses de baja médica e, incluso se nos ha concedido la prórroga, el Juez podría considerarlo despido nulo, por ser discriminatorio.

Por ello, nos debemos hacer la pregunta de ¿nos pueden despedir estando de baja médica? La respuesta es sencilla, sí. Pero a pesar de que la empresa puede despedirnos estando de baja médica, es ilegal. Para ello, debemos analizar el motivo real del despido, dado que, podemos estar ante un despido por encontrarnos en situación de baja médica (incapacidad laboral), o por un motivo disciplinario. Es decir, por haber cometido una falta laboral durante nuestra baja médica.

Existen otros tipos de despido para poder despedirnos durante la baja médica de forma legal:

  1. Despido por ineptitud sobrevenida. Este despido se produce cuando el trabajador deja de tener los requisitos físicos o psíquicos que tenía al ser contratado. Por ello, será un despido con indemnización, a razón de 20 días de salario por cada año trabajado.
  2. Despido objetivo: Por causas económicas, técnicas, organizativas, productivas o de producción. La indemnización de este despido será la misma que para el caso anterior; 20 días de salario por año trabajado.
  3. Despido disciplinario, por incumplimiento de los deberes del trabajador (artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores)

Despido sin preaviso

La empresa puede despedir sin realizar el preaviso de 15 días. Por ejemplo, si se notifica un despido disciplinario, no es necesario el preaviso. Pero, si se notifica un despido objetivo es necesario preavisar con 15 días de antelación.

En caso de que el empresario no respete el preaviso de 15 días, deberá abonarlo al trabajador.

El despido en el periodo de prueba

El periodo de prueba es un plazo que acuerdan (con los límites mínimos legales), la empresa y el trabajador. Durante el mismo, la empresa puede finalizar la relación laboral si el trabajador no cumple con el contenido mínimo del trabajo, sin indemnización alguna.

Pero, a veces, el  empresario realiza el despido durante el periodo de prueba por un motivo ajeno a la Ley, lo que tendrá por consecuencia la improcedencia del despido.

Por ejemplo, el trabajador inicia baja médica durante el periodo de prueba, o la trabajadora comunica que se encuentra embarazada. Estos casos darán lugar a que se considere despido improcedente, o, en el caso de la trabajadora, despido nulo, por ser discriminatorio.

Despido improcedente con contrato temporal

El despido será el mismo, tanto con contrato indefinido como con contrato temporal.

Imaginemos que la empresa nos contrata para un periodo de 6 meses. Antes de finalizar los 6 meses, la empresa nos notifica un despido disciplinario. Si los motivos disciplinarios no son ciertos, o, la empresa no sigue el procedimiento de despido correctamente, se calificará como improcedente.

¿Por qué motivos se considera un despido como improcedente?

Son 3 los motivos por los que un despido se considerará improcedente. Te la explicamos:

  1. Error en la tramitación del despido. Una carta de despido mal notificada, un despido verbal, o una carta de despido que no aporte suficientes datos.
  2. Que los hechos no sean suficientes para despedir: si la empresa indica en su carta de despido unos hechos falsos o, que no tienen suficiente peso para despedir, se calificara como despido improcedente. Es el caso del despido con baja médica, o el despido periodo de pruebas.
  3. Que los motivos que indica la carta de despido sean falsos (un motivo muy habitual)

Consecuencias de un despido improcedente

Cuando el juez dicta sentencia calificando el despido como improcedente, la empresa tiene un plazo de 5 días para elegir entre indemnizar al trabajador, o reincorporarlo:

  1. Readmitir al trabajador

    Si la empresa opta por readmitir al trabajador (o transcurren los 5 días sin que opte), deberá hacerlo en las mismas condiciones previas al despido. Y con ello nos referimos a misma categoría, mismas tareas laborales, mismo salario e iguales resto de derechos.

La empresa deberá pagar los salarios de tramitación, que son los dejados de percibir desde el despido hasta la fecha de reincorporación al trabajo tras la sentencia.

  1. Indemnización por despido improcedente

    Si la empresa elige indemnizar al trabajador, deberá abonar una indemnización que se calcula en función de su salario bruto y su antigüedad.

Dado que en febrero de 2012 entro en vigor la denominada Reforma laboral (Ley 3/2012) y que modificó la indemnización por despido improcedente, para su cálculo se tendrá en cuenta lo siguiente:

  • El Despido improcedente anterior a febrero de 2012: indemnización de 45 días de salario por año trabajado, con un tope de 42 meses.
  • Despido improcedente después de febrero de 2012: la indemnización baja a 33 días de salario por año trabajado, disminuyendo también el límite: 24 mensualidades.

De esta forma, si el trabajador que se despide tiene una antigüedad en la empresa anterior a febrero de 2012, para calcular su indemnización deberemos calcular una parte de la misma con las reglas anteriores a esa fecha. El resto de la indemnización se calculará con las reglas que hemos indicado para la indemnización por despido improcedente, posteriores a febrero de 2012.

¿Tengo paro con el despido improcedente?

Cualquier tipo de despido tiene derecho a paro. Pero para ello tendremos que haber cotizado como mínimo 1 años (360días), en los últimos 6 años, y haber solicitado la inscripción cómo demandante de empleo.

Una vez que nos hayamos inscrito como demandantes de empleo, tendremos un plazo de 15 días hábiles para solicitar el paro.

No debemos confundir el despido con la baja voluntaria o dimisión. En este último caso, no se tiene derecho a prestación por desempleo.

¿Cuánto IRPF tengo que pagar por la indemnización de despido?

Las indemnizaciones por despido improcedente están exentas de tributar por IRPF hasta 180.000 euros. Siempre que se hayan calculado respetando las reglas legales.

En el caso en que el despido haya sido reconocido como improcedente por la empresa, y exista una mejora voluntaria, el exceso sí tributara a Hacienda por el impuesto de IRPF.

Por ejemplo, a Antonio le corresponden 50.000 euros de indemnización por despido improcedente. La empresa reconoce el despido improcedente y le ofrece incrementar su indemnización en 10.000 euros adicionales.

Los primeros 50.000 euros no tributan a IRPF, pero sí los 10.000 euros, dado que excede del cálculo legal para las indemnizaciones por despido improcedente.

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