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Recurso contra el alta médica en Sevilla
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- Nuestros abogados analizarán todos los informes médicos que dispongas, públicos y privados, determinando las limitaciones para trabajar en tu profesión habitual o en cualquier profesión.
- Nuestro equipo te indicará los procedimientos a seguir con la documentación aportada.
- Una vez que el cliente nos lo indique, comenzaremos solicitando expediente a la Seguridad Social. En caso de haberse denegado, se elaborará reclamación previa y demanda judicial.
¿En que casos sirve el recurso contra el alta médica?
Una vez se cumplan los 365 días de baja médica, el INSS debe citar al trabajador ante el tribunal Médico para revisar su estado, una vez comprobada su capacidad para trabajar, la resolución tiene tres posibles consecuencias:
- Prorrogar la incapacidad temporal 180 días.
- Iniciar expediente de incapacidad permanente.
- Alta médica.
Ante el supuesto de alta médica, el trabajador puede reclamar la decisión del INSS a través del procedimiento oportuno. De forma independiente y paralela, se puede iniciar el procedimiento judicial ante el Juzgado de lo Social. Son 2 los procedimientos que se pueden seguir para impugnar el alta médica, el mecanismo de disconformidad, o acudir directamente al Juzgado de lo Social mediante el procedimiento normal de impugnación de altas médicas.
El procedimiento de disconformidad es válido en la revisión médica a los 365 días de la incapacidad temporal, el INSS procede con el alta médica (art. 170.2 Ley General de Seguridad Social). No es válido para altas una vez transcurridos los 365 días (a pesar de que nos puedan notificar la resolución días más tarde). Si es la propia Mutua quien ha acordado emitir el alta, se deberá seguir otro procedimiento diferente, ponte en contacto con nuestro equipo y te mantendremos informado.
Plazos de presentación del recurso contra el alta médica
El trabajador tiene un plazo de solamente 4 días naturales (incluidos sábados, domingos y festivos) tras el día de la notificación del alta para iniciar el procedimiento de disconformidad. El INSS, tiene un plazo de 11 días para resolver la impugnación. En caso de que el trabajador no presente el recurso en el plazo de 4 días, deberá proceder con la impugnación mediante el procedimiento ordinario, lo que retrasará la resolución final.
Si se ha de acudir al procedimiento ordinario, se deberá presentar escrito de reclamación previa administrativa en el plazo de 11 días hábiles a contar a partir de la fecha de la emisión del alta. El INNS tiene 7 días para resolver el expediente y tanto si no responde (silencio administrativo negativo), como si responde de forma negativa, se deberá presentar demanda judicial en el plazo de 20 días hábiles tras el vencimiento del plazo.
Se ha de poner atención en la elaboración del texto de la reclamación previa. Debido a que si se cometen errores en el contenido, por acción u omisión, no se podrá subsanar en la fase judicial, y por ello el procedimiento estará condenado al fracaso. Por ello, ponemos a tu disposición, un equipo experto en derecho laboral para reclamar tu alta médica.
En Abogados Juristas Laboralistas, contamos con un amplio equipo de abogados especialistas en ambito laboral de prestigio, con una gran experiencia en la gestión y tramitación de recursos contra el alta médica. Nuestra tasa de éxito supera el 92% tanto en la vía judicial como en la administrativa.
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